El propietario del edificio completo, vivienda o local destinado a uso independiente o de titularidad jurídica diferente será responsable de encargar la realización de la certificación de eficiencia energética del edificio, o de la parte del mismo, según corresponda, en los casos en que venga obligado por este real decreto. También será responsable de conservar la correspondiente documentación.
A partir del 1 de enero del 2013 no se podrá hacer publicidad de Alquileres o Ventas sin que se muestre la etiqueta de Certificación Energética.
Para edificios de pública concurrencia de más de 500m2 será obligatorio mostrar el etiquetado de eficiencia energética en lugar visible.